CAPÍTULO II
DE LOS MIEMBROS
ARTÍCULO 5.- MIEMBROS.
Para ser miembros activos del Círculo de Periodistas de Valledupar se requiere:
a. Ser colombiano de nacimiento, nacionalizado o extranjero residente.
b. Ser Comunicador Social-Periodista, con título de educación superior; o haber
ejercido la actividad por más de cinco años en uno o más medios de comunicación
legalmente constituidos en Colombia o en el exterior.
c. Pagar las cuotas de admisión, las ordinarias y las extraordinarias.
d. No tener antecedentes penales vigentes.
PARÁGRAFO: Periodista es una persona natural que, teniendo las calidades descritas en
este artículo, dedica todo o parte de su tiempo de trabajo a las actividades de reportería,
investigación, opinión, crítica, informes, crónicas, reportajes o comentarios en medios de
comunicación, de manera subordinada o independiente; la coordinación o el desempeño
de labores de comunicación interna o la promoción de actividades de la comunicación
social, en el sector público o privado; la dirección o docencia en el área de las
comunicaciones y el periodismo; la dirección de medios o empresas de la comunicación y
el periodismo, así como a formar parte de juntas directivas de agremiaciones de
comunicadores o periodistas. El Círculo de Periodistas de Valledupar entregará a sus
miembros un carné que les servirá como medio de identificación.
ARTÍCULO 7.- LA AFILIACIÓN.
La competencia para resolver sobre la admisión de nuevos miembros del gremio,
corresponde a la Junta Directiva, la cual está obligada a exigir a los peticionarios o
postulantes, el cumplimiento de la totalidad de los requisitos legales, estatutarios y
reglamentarios.
ARTÍCULO 8.- REQUISITOS PARA LA AFILIACIÓN.
Para que un aspirante pueda obtener la afiliación al gremio, debe diligenciar un formato
de requisitos y presentar la solicitud escrita, a la que anexará:
a. Copia del registro del acta de grado o del diploma que acredita su calidad
académica, y certificado de actividades periodísticas, antes, durante, o después de sus
estudios superiores.
b. Certificados que acrediten más de cinco (5) años de ejercicio de la actividad,
expedidos por un medio de comunicación, constituido legalmente, o una entidad pública
o privada, y en los términos señalados para quienes ejercen de manera empírica.
c. En caso de ser admitido, consignar a favor del Círculo de Periodistas de Valledupar,
en un plazo máximo de 30 días, los derechos de afiliación por valor $120.000 más $10.000 por concepto de carné.